En los artículos anteriores de esta serie (I, II, III y IV) se han repasado las principales obligaciones para un blogger desde el momento en que decide poner publicidad en su bitácora, o tratar de rentabilizarla de alguna manera.
Como ya anuncié, y creo haber demostrado, la decisión de incluir publicidad u otros formas de retribución tiene consecuencias de una notable trascendencia y cambian por completo el panorama al que se enfrenta el blogger.
A veces las mismas pueden parecer desproporcionadas, pero realmente la única obligación gravosa para el blogger es la relacionada con la Seguridad Social y, en determinados supuestos, las derivadas del cumplimiento de la LOPD. Desde el punto de vista tributario sólo se paga en función de lo que se ingresa y las obligaciones de la LSSICE son de sencillo cumplimiento.
En cualquier caso, lo recomendable es meditar serenamente acerca de nuestra capacidad para generar ingresos mediante la publicidad de nuestro blog. Existen herramientas de analisis de tráfico que sin duda nos ayudarán a ello de una manera correcta. Lo que no parece muy probable es que con 100 visitas al mes vayamos a obtener una retribución importante.
Es como poner un despacho de abogados en un pueblo de 5 habitantes...
Si una vez valorados todos los aspectos y dispuestos a tratar de conseguir un dinero extra mediante nuestro blog, mi consejo es que consulten con un buen asesor... ;)
Como ya anuncié, y creo haber demostrado, la decisión de incluir publicidad u otros formas de retribución tiene consecuencias de una notable trascendencia y cambian por completo el panorama al que se enfrenta el blogger.
A veces las mismas pueden parecer desproporcionadas, pero realmente la única obligación gravosa para el blogger es la relacionada con la Seguridad Social y, en determinados supuestos, las derivadas del cumplimiento de la LOPD. Desde el punto de vista tributario sólo se paga en función de lo que se ingresa y las obligaciones de la LSSICE son de sencillo cumplimiento.
En cualquier caso, lo recomendable es meditar serenamente acerca de nuestra capacidad para generar ingresos mediante la publicidad de nuestro blog. Existen herramientas de analisis de tráfico que sin duda nos ayudarán a ello de una manera correcta. Lo que no parece muy probable es que con 100 visitas al mes vayamos a obtener una retribución importante.
Es como poner un despacho de abogados en un pueblo de 5 habitantes...
Si una vez valorados todos los aspectos y dispuestos a tratar de conseguir un dinero extra mediante nuestro blog, mi consejo es que consulten con un buen asesor... ;)
Excelente todo el contenido de este blog.
ResponderEliminarMuchas gracias por fcilitar esta informacion que la mayoria desconocemos.
Saludos
Gracias por tu amable comentario.
ResponderEliminarUn saludo.
Hola David. Ante todo, muchas gracias por la información.
ResponderEliminarLo segundo, me voy corriendo a quitar el adsense de mi blog.
Y lo 3º, ya que he visto que ofreces tus servicios profesionales en este post, te quería preguntar: a cuanto ascenderian los gastos para estar perfectamente dentro de la ley cumpliendo todas las disposiciones legales; asi podriamos valorar a partir de cuantas visitas/mes nos seria rentable poner o no publicidad en nuestro blog.
Muchisimas gracias y feliz año.
El blog es rentable a partir de cubrir los gastos por seguridad social, ahora bien, el trabajo que tienes que realizar desde el punto de vista de las obligaciones formales, también hay que tenerlo en cuenta, así que si contratas a un asesor eso también entraría.
ResponderEliminarGracias a ti y feliz año igualmente.
Muy, muy buena serie de artículos!
ResponderEliminarHa sido abrumadora la idea de enfrentarse a tanto papeleo por un simple acto de colocar publicidad en un blog.
Gracias por toda la información que nos facilitas!
Saludos.
Del derecho y las normas, buena suerte en los artículos enhorabuena.
ResponderEliminarhttp://www.hotsale.es
patricia gonzalez
Centro comercial online