Así, por un lado tenemos un Auto de un juez de Instrucción de la Audiencia Nacional (pdf) que se declara competente para conocer de las denuncias presentadas por varias personas en diferentes lugares de España por la desaparición de familiares y amigos.
Y por el otro lado tenemos una parte de la opinión pública y política (y jurídica) contraria a que el juez investigue que ha sucedido con esas personas.
El auto del juez, de 68 folios, es un documento interesante a los efectos de estudiar la historia jurídica de la proteccion internacional de los derechos humanos y enlaza de manera bastante coherente los ámbitos de responsabilidad.
Sin embargo los delitos que quiere investigar el magistrado son:
"[...] delitos permanentes de detención ilegal, sin dar razón del paradero, en el contexto de crímenes contra la Humanidad."
Es decir no se está buscando a los responsables individuales de un asesinato o de un crimen concreto cometido al alba sino que se pretende encausar a quienes ordenaron y organizaron un sistema de desaparecidos, es por ello que se piden los datos e informes de los responsable militares y políticos de la época. (De risa lo del certificado de defunción de Franco (pdf) que nació en Ferrol del Caudillo 40 años antes de que se llamase así...)
Garzón ha querido investigar este asunto, en mi opinión ante el evidente olvido de jueces y fiscales durante 30 años y ha tenido que recurrir a hackear la norma para poder hacerlo.
¿Por qué?
El delito de detención ilegal no habría prescrito y estaría enmarcado dentro de los crímenes contra la humanidad siendo, en ese caso, la Audiencia Nacional el órgano competente para el conocimiento del mismo. Técnicamente no hay otra alternativa para que él pueda investigar este asunto, y de hecho, creo que o lo hace él o no lo hará nadie.
Así recurre a una imaginativa solución para poder arrogarse la competencia. En mi opinión todo un "hack".
Sin embargo no puedo estar de acuerdo, porque son conocidos los asesinatos y enterramientos en muchos lugares de gran parte de los detenidos ilegalmente, por lo que el delito de detención ilegal entraría en concurso medial (es decir la detención sería un medio para la comisión de un delito posterior) con el de asesinato.
Quiero decir que si yo sé que una persona ha sido retenida, trasladada a un lugar y posteriormente asesinada y conozco además el lugar donde está su cuerpo enterrado, el delito más grave será el de asesinato y por lo tanto ese el que debe ser enjuciado. Esto también lo señala la fiscalia en su recurso (doc).
En ese caso los competentes serían los jueces del lugar en el que se descubran los enterramientos, algo que no ha sucedido hasta la fecha con el rigor exigible a los funcionarios públicos.
¿Se imaginan que aparecen unos restos humanos en una cuneta, con un herida de bala en la cabeza y nadie investiga que ha sucedido? Pues eso ha estado pasando en España, algo que no tiene ningún sentido.
Lo lógico, a mi entender, es que si aparecen restos humanos en un terreno se informe al juez del lugar para que se inicie una investigación sobre las causas de la muerte y los responsables de la misma, si es que los hubiera.
¿Porqué no van a investigarse las causas que han motivado la muerte de una persona? ¿Porqué no va a tratar de conocer la identidad y los hechos que han provocado la muerte de la misma?
Si aparece un cadaver que presenta signos de violencia existe, al menos, un indicio de que puede haberse cometido un delito y por lo tanto surge la obligación de investigar. Si además existen indicios razonables de que las personas enterradas en un determinado lugar lo han sido por haber sido asesinadas, es evidente que no debería haber excusa para no actuar.
Fruto de esa investigación, se podrán dilucidar el resto de cuestiones sobre los hechos y sus responsables. Así es posible que aparezcan personas que hayan fallecido por muerte natural (un infarto, una enfermedad) y por lo tanto nadie sería, en principio, penalmente responsable.
Pero también es posible que se pueda establecer que la muerte fue provocada por otro tipo de causas, como una bala o un navajazo, lo que en principio invita a pensar en algún tipo de responsabilidad penal.
Posteriormente habría que reunir pruebas que indiquen quien es el responsable y en qué momento se produjeron los hechos, por si hubieran prescrito o les fuese aplicable alguna norma sobre amnistía.
Por lo tanto es muy posible que finalmente no haya ningún responsable penalmente, pero es inconcebible en un estado de derecho que existan enterramientos en las cunetas o barrancos, conocidos por los responsables institucionales y que no sean investigadas las causas de la muerte de las personas allí sepultadas.
Garzón ha tratado, en mi opinión, con buena voluntad pero mala fortuna hacer algo ante el ostracismo y la dejadez institucional de una realidad que no se puede negar.
Hay que olvidarse de bandos y aplicar la normalidad y el sentido común, ante un hecho con apariencia delictiva se investiga y se decide, pero lo que no puede hacerse con tanta alegría es invocar una ley de amnistía, porque ¿y si hay asesinatos que no pueden acogerse a la misma?
Como ven es un tema muy politizado que si se llevase con cierta naturalidad no daría tantos problemas.
Garzón ha intentado hackear el sistema por una buena causa, pero creo que le han pillado.