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lunes, 12 de septiembre de 2016

Cobrar por ceder nuestros datos personales a las empresas de internet

A raíz del anuncio de Movistar de una aplicación para la gestión de los datos de los usuarios y su cesión a las operadoras de aplicaciones de comunicaciones, se están dando algunos debates muy interesante sobre la idea de que los usuarios cobremos por la cesión de nuestra información.

Hasta años muy recientes, en términos históricos, la información personal era relevante pero muy poco valiosa, en términos de su explotación económica.

Por supuesto que la información siempre ha sido poder y quien más información tenía más posibilidades de tomar las decisiones correctas, pero en términos absolutos, la información sobre uno mismo que los gobiernos o empresas tenían, o a la que podían acceder, no era explotada de tal manera que generase un negocio tan gigantesco como en los últimos años o como las previsiones apuntan.

El coste de la información para quien la quiere explotar viene determinado por 3 elementos:

Lo que cuesta su obtención, lo que cuesta su conservación y lo que cuesta su tratamiento.

Hasta casi finales del Siglo XX, recopilar la información era muy caro (pensemos en los catastros para controlar y asegurar la fiscalidad, que implicaban miles de personas realizando comprobaciones pueblo por pueblo) y prácticamente inasumible para ninguna empresa privada.

Lo mismo podemos decir de la conservación de los datos obtenidos, que debían ser copiados en papel, que no era barato de producir, debiendo ser transcritos manualmente o por medio de sistemas de imprenta, siendo la primera manifestación de automatización del proceso.

Y por último el coste de analizar la información y extraer las conclusiones, que era una tarea esencialmente humana y no automatizable.

Al final, se recopilaba y preservaba la información de los hitos relevantes (nacimientos, matrimonios, defunciones, etc.) y de aquellas personas que por su posición (reyes, nobles, soldados, etc.) generaban información que era trascendente de alguna manera.

Los primeros trabajos de computación abordaban el problema del tratamiento, preparar máquinas que simplificasen el trabajo sobre la información, lo que condujo al abaratamiento del coste de este factor. Este coste de tratamiento continúa descendiendo siguiendo los postulados de la Ley de Moore, con equipos más capaces y más baratos.

Lo siguiente que se abarató fue el coste de almacenamiento de la información, con los discos duros de cada vez mayor capacidad y menor coste. Este factor también está relacionado con el anterior, por supuesto. A mayor número de información disponible, mayor valor de los datos si pueden ser tratados.

Ello provocó las primeras preocupaciones sobre el uso de la informática y el tratamiento de datos personales, lo que explica, entre otras cosas que en 1978 la Constitución Española, por ejemplo, siguiese el ejemplo europeo e incluyese el artículo 18.4.

Pero seguía siendo caro introducir más datos para su análisis, pues había mucha información que no se podía recopilar de manera sencilla.

Y por último, la generalización del uso de la informática por los particulares rompió la última barrera, ya que abarató el coste de la recopilación de los datos de los usuarios, al ser estos mismos quienes los proporcionaban de manera natural o directa (en formularios web, para el alta en servicios, mediante sistemas de recopilación como las cookies, apps móviles, etc.). Ya no es necesario ir preguntando al usuario, éste mediante el análisis de comportamiento (recopilación indirecta) o mediante la introducción de los datos (recopilación directa) proporciona miles de informaciones de manera continua sin otra recompensa que la disponibilidad de ciertos servicios.

Como todos podemos ver a diario, estos costes se siguen reduciendo al tiempo que generan más y más valor para las empresas (y también las administraciones) a las que se suministran.

Hasta ahora esta situación ha significado que tengamos más y mejores servicios, la mayoría gratuitos, a cambio de nuestra información y que las empresas encargadas de utilizar esos datos aumenten sus cifras de negocio de manera exponencial, sin otra contrapartida que la gratuidad de esos servicios. Y cuanto mejores o más útiles son esas aplicaciones más datos damos, y cuantos más datos tienen las empresas más servicios nos ofrecen a cambio de ellos, en una espiral económica que se retroalimenta.

Lógicamente, a medida que se reducen los costes antedichos (recopilación, tratamiento y conservación) todavía se acrecientan más los beneficios.

Podemos plantear que, hasta el momento, nos compensa tener servicios que hace 15 años ni soñábamos a cambio de toda la información que damos; que de alguna manera hay un equilibrio entre lo que se da (datos personales) y lo que se recibe (servicios o entretenimiento).
Este punto de equilibrio es todavía más frágil en aquellos servicios o aplicaciones de pago, en las que además de ofrecer una cantidad por el uso la empresa se reserva el uso de los datos.
Si hiciésemos una gráfica, de momento el valor que damos a nuestros datos es menor que las ventajas que obtenemos a cambio de ellos y lo que ofrecen las empresas es menor que lo que obtienen por la explotación, estando en una situación en la que ambas partes tienen incentivos para su comportamiento.

Pero, ¿puede llegar un momento en que ese equilibrio se quiebre a favor de las empresas? Es decir, que no sea proporcional lo que reciben a lo que dan.

¿Podemos los usuarios adquirir consciencia del mayor valor de nuestros datos e información y solicitar una mayor contrapartida por su cesión a estas empresas?

Son muchas las áreas en las que cada vez vamos a proporcionar datos de todo tipo, la masiva llegada del Internet de las Cosas (IoT), los vehículos conectados, etc., van a suponer un notable incremento de la aportación de información a las empresas e incluso a las administraciones (por ejemplo, ceder datos de los vehículos a la administración de carreteras a cambio de una rebaja del Impuesto de Circulación para que pueda programar mejor la conservación de las mismas) y el análisis inteligente automatizado reducirá los costes de análisis y tratamiento.

En este sentido, hay una figura de la Ley de Propiedad Intelectual que podría ser interesante estudiar como figura análoga, especialmente tratándose de activos intangibles.

En la Ley de Propiedad Intelectual se establece que el precio de las cesiones de derechos por parte del autor a quien vaya a realizar la explotación se haga a porcentaje de los beneficios de explotación. Sólo excepcionalmente se admite la remuneración a tanto alzada.

El artículo 46 LPI dispone que:
1. La cesión otorgada por el autor a título oneroso le confiere una participación proporcional en los ingresos de la explotación, en la cuantía convenida con el cesionario.
2. Podrá estipularse, no obstante, una remuneración a tanto alzado para el autor en los siguientes casos:

  • a) Cuando, atendida la modalidad de la explotación, exista dificultad grave en la determinación de los ingresos o su comprobación sea imposible o de un coste desproporcionado con la eventual retribución.
  • b) Cuando la utilización de la obra tenga carácter accesorio respecto de la actividad o del objeto material a los que se destinen.
  • c) Cuando la obra, utilizada con otras, no constituya un elemento esencial de la creación intelectual en la que se integre.
  • d) En el caso de la primera o única edición de las siguientes obras no divulgadas previamente:
    • 1.º Diccionarios, antologías y enciclopedias.
    • 2.º Prólogos, anotaciones, introducciones y presentaciones.
    • 3.º Obras científicas.
    • 4.º Trabajos de ilustración de una obra.
    • 5.º Traducciones.
    • 6.º Ediciones populares a precios reducidos.
El sentido de esta medida era garantizar una protección a los autores, evitando la precarización de su trabajo, pues si sólo se les pagase a tanto alzada, existiría una tendencia a minimizar ese precio y quien explotase la obra obtendría plusvalías que no repercutirían al autor intelectual.

¿Sería interesante plantearnos algo similar en relación a los datos personales? Es decir, a partir de cierto nivel de servicios prestados a cambio de los datos, ¿no tendría sentido que una parte de lo obtenido por la empresa regrese al usuario?

Al igual que sucede con la propiedad intelectual, hay indeterminaciones y problemas derivados de cual es ese nivel y de lo que debe percibir cada uno. De hecho, la mayoría de los contratos de propiedad intelectual se hacen con un pago a tanto alzado, por lo que el legislador previó una acción de revisión en el artículo 47:
"Si en la cesión a tanto alzado se produjese una manifiesta desproporción entre la remuneración del autor y los beneficios obtenidos por el cesionario, aquél podrá pedir la revisión del contrato y, en defecto de acuerdo, acudir al Juez para que fije una remuneración equitativa, atendidas las circunstancias del caso. Esta facultad podrá ejercitarse dentro de los diez años siguientes al de la cesión."
Si que es cierto que hay una diferencia importante, cual es el número de afectados, ya que son miles de autores frente a decenas de millones de ciudadanos de los que se obtienen datos, y eso podría suponer un problema de gestión, pero tanto las propias aplicaciones como los sistemas ya disponen de mecanismos de control que, sin duda, lo podrían facilitar.


El nuevo Reglamento de Protección de Datos prevé, entre otras novedades, el derecho a la portabilidad de los datos, que implica el derecho a recibir los datos en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica.

Podemos pensar en, a partir de ese derecho, obtener una gran bolsa de datos/informaciones de cada uno de nosotros, que pueda ser cedida a cambio de prestaciones más amplias que el mero uso de una aplicación y la información que quien la gestiona quiera darnos.

Soy realista, este no es un escenario a corto ni, posiblemente, a medio plazo. A los usuarios les falta consciencia del valor de su información y a las empresas les va bien con este estado de cosas y, cualquier cambio en este sentido sería rechazado. 

Pero lo mismo pasaba con las cesiones de derechos de los autores antes del siglo XX y la legislación optó por esa solución de protección de la remuneración a porcentaje del rendimiento.

Así que, porqué no plantear un futuro en el que cobrar (o aumentar lo que percibimos) por permitir que usen nuestros datos personales las aplicaciones de internet?.

[Bonus Track] Mi apuesta es que nunca los datos van a ser más baratos de obtener para las empresas, que se desarrollará una conciencia en este sentido y que los usuarios requerirán mayores prestaciones por las cesiones de su información.

1 comentario:

  1. La ciberseguridad es el sector más búllante hoy en día. Las personas que se preocupan por sus datos personales y quieren guardarlos a buen recaudo son cada vez más. Con ellos, las marcas de móviles y sus aplicaciones continúan desarrollando entornos seguros para tranquilizar a sus usuarios

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