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domingo, 9 de julio de 2017

Qué está mal con Lexnet y la separación de poderes

Antes de nada, esto que contaré ni es nuevo ni soy el primero que lo plantea, pero es que parece necesario insistir en ello de manera continuada.

Empecemos con un ejemplo.

El Juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de una capital de provincia, cuyas competencias en Justicia dependen de esa comunidad autónoma, necesita para su magistrado un ordenador para que pueda escribir las sentencias.

Las Comunidades Autónomas con competencias en materia de justicia de lo que se encargan es, precisamente, de suministrar los medios para que el juez pueda desarrollar su trabajo. Esas son sus competencias básicas. Por lo tanto, desde la Consejería correspondiente, tienen que comprar un ordenador y entregárselo al Juzgado para que su señoría pueda utilizarlo.

Como es un juzgado que ve de manera continua los procedimientos contra la administración, puede que alguien en un momento decida entregar ese ordenador con un sistema que remita todas las teclas que se pulsen en el teclado a un equipo fuera del Juzgado o, simplemente, el nombre de todos los archivos que se abren, o las horas de inicio y cierre del equipo, tiempos de actividad de sesión, estadísticas de uso de aplicaciones, etc.

Es decir, que alguien en una consejería reciba toda la información que puede ir desde el contenido total de lo que se teclea hasta únicamente "metadatos" relativos al funcionamiento del equipo.

Con eso podrían no sólo realizarse estadísticas sobre uso del equipo sino también tener una idea aproximada de tiempos de resolución de asuntos, de momentos en que se analiza tal asunto o tal otro, etc., etc.

Igual solamente con un juzgado no tenemos información relevante, pero sumemos toda la información de todos los juzgados, apliquemos análisis de datos y podemos tener qué juez tarda más en dictar una sentencia, por ejemplo, por lo que puede saber el tiempo medio de resolución de un asunto, saber si le han demandado antes de ser emplazado, por ejemplo, y mucha otra información que puede ser muy interesante.

Aunque prescindamos de medidas tan "exageradas" como tener un keylogger, los meros metadatos asociados a los documentos o a las informaciones consultadas pueden suponer una diferencia importante.

¿Es compatible una situación como esta con un estado de derecho?
Puede que lo anterior sea una total exageración. Pues fijémonos ahora en lo que es Lexnet.

En buena lógica, hace años, desde el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, Consejo de la Abogacía y de Procuradores, así como de la común generalidad de operadores jurídicos, se está trabajando con el fin de que los trámites y procedimientos estén soportados con un sistema informático que permita aprovechar todas las ventajas propias de medios digitales.

Como digo, como proyecto no es nada reprochable. Poder presentar y recibir escritos del juzgado, desde demandas a sentencias, con sus documentos adjuntos, en prácticamente tiempo real desde que se produce la resolución supone un ahorro de tiempo y dinero considerable.

Ahora bien, el diablo está en los detalles.

No me interesa en este momento en si Lexnet debería funcionar tan mal o bien como lo hace, si debe depender o no de Java, si los componentes de firma no funcionan en todos los sistemas operativos, etc.

Esto son cuestiones técnicas que con voluntad y tiempo pueden ser resueltas.

Aun cuando el funcionamiento técnico fuese perfecto, ello no cambiaría un ápice lo que hace que el sistema esté mal por definición.

El sistema Lexnet es un servicio que presta el Ministerio de Justicia a los operadores jurídicos para el envío de todos los documentos y comunicaciones entre el Juzgado y las partes. El Ministerio de Justicia aporta la plataforma tecnológica completa y depende únicamente de los sistemas tecnológicos que decida.

Pongamos que el sistema no permite conocer el contenido de los documentos intercambiados por el sistema, para no hacerlo tan "grave".

Cuando hay que presentar una demanda hay que rellenar una serie de datos de persona que interpone la demanda, abogado y procurador que les representa y persona o empresa o institución demandada. También los documentos que se acompañan deben llevar en el nombre una descripción del contenido, por ejemplo.

¿Qué impide que el Ministerio conozca el número de demandas que tiene una empresa de telecomunicaciones concreta? ¿O la cuantía acumulada de todas las demandas presentadas contra un banco concreto? ¿O el grupo empresarial de la familia de un miembro del gobierno?

Y cuando el procedimiento avanza, todas las comunicaciones entre las partes y el juzgado utilizan la misma plataforma. Y así, ¿qué impide al Gobierno saber cuando está una sentencia notificada a las partes y a qué partes? ¿O poder saber si un juez, en un asunto tiene una desviación en el tiempo medio para resolver anormalmente extraña?

Y tanta y tanta información que puede ser empleada para infinidad de usos que pueden interferir en principios como la separación de poderes, pero también en la igualdad de armas en el proceso.

Lo mismo es predicable de la existencia de sistemas de gestión procesal por cada Comunidad Autónoma, que aunque fueran perfectamente interoperables ente ellos, permiten tener acceso a información sobre "metadatos" de los asuntos que sólo deberían estar a disposición del Poder Judicial.

Por eso se pide que los sistemas de gestión procesal y de comunicación entre las partes en los procesos sean gestionadas por el Poder Judicial directamente, con el fin de evitar incentivos a un mal uso de toda esa información ya que recordemos que el poder ejecutivo también es parte en infinidad de procedimientos.

No hay razón técnica, jurídica o lógica para defender esta situación (o al menos ni la conozco ni se me ocurre). Por eso, cuando no se tiene nada que oponer la respuesta es "Venezuela", pero lo cierto es que nos han metido un potencial "Gran Hermano" que quiebra uno de los principios esenciales de un estado de derecho.
Seguramente, como la respuesta atestigua, si no se está usando ya toda la potencialidad de estos medios es porque no saben que pueden hacerlo, pero en algún momento, a alguien se le ocurrirá y puede que ya sea tarde.

1 comentario:

  1. uno de los temas mas relevantes en materia de juzgado es como lexnet esta mal, precisamente su principal función,es suministrar los medios para que el juez pueda desarrollar su trabajo y para eso deben realizar una consulta a datacredito virtual para que las cosas mejoren y se pueda dar con mayor eficacia la separación de poderes

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