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viernes, 11 de diciembre de 2015

Las armas para airsoft y paintball son, jurídicamente, armas (y tienen que cumplir la ley aplicable)

El auge de los deportes de "guerra simulada" como el airsoft o el paintball hizo que el Gobierno regulase su tenencia y posesión mediante una orden de interior,  la Orden Ministerial INT/2860/2012.


La Orden las denomina armas de uso lúdico deportivo y se definen de acuerdo al artículo primero:
1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.
2. En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball».
a) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «airsoft» tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios.
b) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «paintball» contendrá líquidos o geles en su interior, y su peso no podrá superar 4 gramos, su diámetro máximo será de 18 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 16 julios.
Básicamente esta Orden Ministerial lo que hacía era introducir este tipo de armas en el régimen general del Reglamento de Armas, que se regula por por el Real Decreto 137/1993.

Las automáticas se asimilan en regulación a las de la categoría 4.1
1. Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Y las de muelle o resorte a las de la categoría 4.2.
2. Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Pues bien, a finales de 2014 esta Orden ministerial fue anulada por la Audiencia Nacional (pdf) ya que consideraba que el Gobierno no podía, mediante un Orden Ministerial, ampliar las categorías de las armas, quedando de esta manera fuera de regulación. Decía la Audiencia Nacional que:
"la Orden recurrida conceptúa una nueva clase de armas y la categoriza y reglamenta, sin que tenga un rango normativo suficiente para ello, se está en el caso de estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto, sin necesidad de analizar las demás cuestiones planteadas en el proceso."
Pues bien, ahora, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que revoca la de la Audiencia Nacional y reconoce como sujetas al Reglamento de Armas también a este tipo de armas.

Esto implica que, al estar incluidas en el mismo régimen que el resto de armas le sean aplicables las mismas reglas. En concreto destaca la necesidad, para todas las armas de la categoría 4ª como las de paintball y airsoft, de llevar la tarjeta de armas cuando se saquen del domicilio (artículo 105)

La tarjeta de armas será concedida por los alcaldes de los municipios de residencia de los solicitantes, que evaluarán su conducta y antecedentes, siendo su validez limitada a ese término municipal.

Sólo se pueden tener 6 armas de airsoft o paintball automáticas y con una validez de 5 años. Por su parte, las de muelle o resorte pueden tenerse en número ilimitado, si bien esto puede ser limitado por el ayuntamiento correspondiente.

9 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. En mi opinión, las personas que utilizan este tipo de armas deberían tener al menos una pequeña formación
    en cuanto al manejo de las mismas y conocer las consecuencias que puede ocasionar el mal uso de ellas.

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    1. Las personas que utilizan este tipo de "armas", tienen muchos recursos a su disposición para aprender los peligros que existen y el jugar adecuadamente. Te lo dice alguien, que solo buscando por internet se ha informado, y tampoco tienes que buscar mucho. Además hay mucha gente que ofrece información a nuevos jugadores de forma amable.
      PD: En el fútbol también te pueden pasar muchos accidentes y no por eso te los dicen todos de pequeño cuando vas a jugar ni haces una formación antes de empezarlo a jugar que yo sepa.

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  3. Como bien dices son capaces de hacer daños severos a las personas si no se utilizan correctamente y con un mínimo de seguridad, excelente artículo

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  4. vaya mierda. 6 armas? que mas le da que tenga 1 o que tenga 100 podria hacer el mismo daño.
    Y como un coleccionista de replicas me parece que es un entorpeciemnto porque igual no todos quieren jugar al airsoft simplemente le gusta coleccionar replicas.
    Y ya que hay que usar bolas biodegradables que los supermecados dejen de vender bolsas de plastico y que regalen como antes las bolsas pero de papel o que las cobren. Pero que la ley sea aplicada para todos no solo para algunos.Como si las bolas que uno juega al airsoft contamina como todos esos plasticos de botellas bolsas.

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  5. Es un momento de diversión en compaía que siempre es bueno practicar cuando queramos aliviar tensiones, te lo pasas genial y permite liberar un poco de adrenalina que nunca esta mal

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  6. No conocía mucho de estos datos así que lo tendremos en cuenta de cara al futuro para seguir mejorando, gracias de antemano!

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  7. Del Real Decreto:

    5. La tarjeta de armas se expedirá en impreso, que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil.

    En cada impreso se podrán reseñar hasta seis armas.

    Cuando se trate de tarjetas B y el número de armas exceda de seis, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta.

    ES DECIR, EL LÍMITE ES POR TARJETA, NO QUE ESTÉ LIMITADA LA POSESIÓN DE ARMAS A SEIS POR PERSONA

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  8. Un post muy interesante e importante. Las armas de airsoft deben manipularse cumpliendo la normativa legal que se les adjudica. Al considerarse armas, deben ir cubiertas y guardarse bajo llave. Tenemos que ser conscientes de que no son un juguete más.

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