Tras un proceso de 2 años de debate y modificaciones, las licencias Creative Commons presentan una nueva versión, la 4.0.
Mucho han cambiado en los más de 10 años de existencia las mismas, desde aquellas primeras, fundamentalmente en lo que a su uso en legislaciones fuera de Estados Unidos se refiere.
Y en este sentido tenemos una de las principales novedades, la vocación de que las licencias sean directamente aplicables en la mayoría de las jurisdicciones, para de esta forma evitar las adaptaciones a las leyes de más de 60 jurisdicciones.
Ahora las licencias serán traducidas y dicha traducción será oficialmente respaldada por Creative Commons, con el fin de que los usuarios puedan leer y entender las mismas en su idioma local.
Sin duda este es uno de los grandes retos afrontados, puesto que los conceptos, a pesar de armonizaciones y tratados internacionales, no siempre son iguales en todos los países o las leyes locales llevan retraso respecto de su adopción.
Se aporta una mejor integración en las licencias de los derechos "sui-generis", como las bases de datos, permitiendo su licenciamiento por defecto, es decir que se cubren excepto que el licenciante las excluya.
Otro aspecto muy importante, a mi juicio, es la posibilidad de rectificación en 30 días para los casos de violación de la licencia. Como siempre, si se incumplen los términos de la licencia esta termina, pero ahora existe un periodo de 30 días para corregir en cuyo caso no se pierde. Esto es similar a lo que dispone la GPL (punto 8)
También se presta atención a los derechos de la persona, como por ejemplo, los derechos de imagen en fotografías, con el fin de que no hay incoherencias con el uso de un material sujeto a propiedad intelectual y la imposiblidad de hacerlo por no contar con derechos de imagen.
Se admite la atribución por remisión a un enlace a la fuente original, mejorando y admitiendo lo que venía siendo práctica habitual. Y además se amplia la facultad que tenía el licenciante de evitar su atribución en obras derivadas con las que no estaba de acuerdo también para el caso de meras copias.
Y se ha hecho un esfuerzo en clarificar el texto de las licencias, en hacerlo más comprensible.
Sin duda una buena noticia, que redunda en la seguridad jurídica en internet y que demuestra que el proyecto sigue vivo y teniendo el mismo sentido que hace más de una década cuando fueron creadas (como pasa el tiempo...)
Pueden encontrar las nuevas licencias aquí:
Atribución (BY)
Atribución-Compartir Igual (BY-SA)
Atribución-No Comercial (BY-NC)
Atribución-Sin Obra Derivada (BY-ND)
Atribución-No Comercial-Compartir Igual (BY-NC-SA)
Atribución-No Comercial-Sin Obra Derivada (BY-NC-ND)
Mucho han cambiado en los más de 10 años de existencia las mismas, desde aquellas primeras, fundamentalmente en lo que a su uso en legislaciones fuera de Estados Unidos se refiere.
Y en este sentido tenemos una de las principales novedades, la vocación de que las licencias sean directamente aplicables en la mayoría de las jurisdicciones, para de esta forma evitar las adaptaciones a las leyes de más de 60 jurisdicciones.
Ahora las licencias serán traducidas y dicha traducción será oficialmente respaldada por Creative Commons, con el fin de que los usuarios puedan leer y entender las mismas en su idioma local.
Sin duda este es uno de los grandes retos afrontados, puesto que los conceptos, a pesar de armonizaciones y tratados internacionales, no siempre son iguales en todos los países o las leyes locales llevan retraso respecto de su adopción.
Se aporta una mejor integración en las licencias de los derechos "sui-generis", como las bases de datos, permitiendo su licenciamiento por defecto, es decir que se cubren excepto que el licenciante las excluya.
Otro aspecto muy importante, a mi juicio, es la posibilidad de rectificación en 30 días para los casos de violación de la licencia. Como siempre, si se incumplen los términos de la licencia esta termina, pero ahora existe un periodo de 30 días para corregir en cuyo caso no se pierde. Esto es similar a lo que dispone la GPL (punto 8)
También se presta atención a los derechos de la persona, como por ejemplo, los derechos de imagen en fotografías, con el fin de que no hay incoherencias con el uso de un material sujeto a propiedad intelectual y la imposiblidad de hacerlo por no contar con derechos de imagen.
Se admite la atribución por remisión a un enlace a la fuente original, mejorando y admitiendo lo que venía siendo práctica habitual. Y además se amplia la facultad que tenía el licenciante de evitar su atribución en obras derivadas con las que no estaba de acuerdo también para el caso de meras copias.
Y se ha hecho un esfuerzo en clarificar el texto de las licencias, en hacerlo más comprensible.
Sin duda una buena noticia, que redunda en la seguridad jurídica en internet y que demuestra que el proyecto sigue vivo y teniendo el mismo sentido que hace más de una década cuando fueron creadas (como pasa el tiempo...)
Pueden encontrar las nuevas licencias aquí:
Atribución (BY)
Atribución-Compartir Igual (BY-SA)
Atribución-No Comercial (BY-NC)
Atribución-Sin Obra Derivada (BY-ND)
Atribución-No Comercial-Compartir Igual (BY-NC-SA)
Atribución-No Comercial-Sin Obra Derivada (BY-NC-ND)
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