Contacto

Para consultas jurídicas "david @ 451.legal"

miércoles, 24 de septiembre de 2008

La sexta, telecinco y la propiedad intelectual

A estas alturas todos conocerán que Telecinco ha obtenido un pronunciamiento favorable contra La Sexta por la que se impediría a esta cadena de televisión el empleo de imágenes de aquella.

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona declara que las imágenes son propiedad intelectual de Telecinco y que su emisión sin consentimiento supone una actividad ilícita, que por supuesto deberá ser indemnizada posteriormente.

Por desgracia, a pesar de la repercusión medíatica del asunto, no he podido acceder a la sentencia para poder examinarla en sus justos términos, algo que el periodismo tradicional debería aprender de lo que cientos de blgos hacen todos los días, poner a disposición la información para que el lector o usuario la pueda contrastar. En fín.

A pesar de no disponer de la sentencia, sí se han hecho públicos algunos datos sobre la misma:

Telecinco alegó infracción de su propiedad intelectual por parte de varios programas emitidos por La Sexta, en particular "Se lo que hicisteis...", "El intermedio" y "Traffic TV".

Se aportaron datos como el 20 % de las imágenes mostradas en el programa "Se lo que hicisteis..." en el mes de septiembre correspondían a Telecinco, casi el doble respecto de Antena 3.

La Sexta alegó el derecho de cita como argumento para su defensa, así como la existencia de una práctica habitual y consentida por todas las cadenas a la hora de elaborar programas de zapping.

Finalmente el juzgado ordena que se interrumpa el uso de imágenes de programas de Telecinco por La Sexta y que se estará a lo que se diga sobre la indemnización que corresponda.

La Sexta ha anuciado que recurre la sentencia ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

¿Porqué tiene razón y a la vez se equivoca el juez de lo mercantil?

Todo viene de lo chapucero de la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que ha limitado de tal manera el derecho de cita, artículo 32, que lo ha dejado inservible para la sociedad:

"Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada."

Cualquiera que haya visto el programa "Se lo que hicisteis..." sabrá de manera indubitada que el uso que se hace de las imágenes en el mismo tiene un afán crítico y que sirve para desvelar las contradicciones, estupideces y denunciar comportamientos muy reprochables del estamento periodístico de nuestro país. En concreto de la prensa que menos respeto ha demostrado por los derechos de los ciudadanos, como es la prensa del corazón.

Al basar Telecinco su programación en este tipo de programas es normal que sean las más empleadas.

Pero el juez tiene razón, (sin entrar a valorar que lo que emite Telecinco sea una obra) ya que la ley sólo permite esta conducta exclusivamente con fines docentes o de investigación y los programas de La Sexta no entran en estos supuestos.

Sin embargo al análisis de su señoría le falta una cosa y de ahí viene el error de su fallo. Le ha faltado percatarse del conflicto de derechos, de rango constitucional, ante el que se enfrentaba.

Un juez a la hora de emitir un fallo tiene que verificar que el fallo se ajusta a la norma y si es así, si el fallo es justo, es decir si su sentencia sirve para tener una sociedad mejor. Esta segunda parte es la que falta aquí.

Programas como "Se lo que hicisteis..." están basados en el análisis de la programación de otras cadenas, su objetivo prioritario no es informar de la vida de los famosos mediante las imágenes de terceros, sino poner de manifiesto las contradicciones y absurdos de los periodistas (o no) de otras cadenas y opinar, en tono satírico, sobre ello.

En este asunto está en juego la libertad de expresión e información que protege el artículo 20 de la Constitución. Lo está en este asunto al igual que lo está en el asunto de "El País contra rebelión.org" en el que también se alega infracción de los derechos de propiedad intelectual por citar un texto para criticar al medio.

A Telecinco no le gustan dos cosas, primero la competencia directa de estos programas y segundo que la competencia venga de poner en evidencia la calidad y rigor de sus programas. Así encuentra que la forma de terminar con esto es la Ley de Propiedad Intelectual, sólo yo puedo informar sobre mi trabajo y me evito las críticas.

Cuando el Tribunal Constitucional ha resuelto los problemas de conflicto de derechos fundamentales, particularmente el derecho a la libertad de información frente al derecho a la intimidad siempre ha tendido ha otorgar preponderancia a la libertad de información y opinión frente a la intimidad.

¿Porqué va a ser la propiedad intelectual más importante que el derecho a la intimidad?

Además cuando es muy dudoso que la emisión de esas imágenes perjudique en nada a Telecinco, pues la gente que ve "Se lo que hicisteis..." dificilmente verá los programas a los que critica o en cualquier caso lo hará para comprobar lo dicho en este, lo que redunda en beneficio de ese programa.

Espero que la Audiencia Provincial de Barcelona dé la razón a La Sexta, al menos en lo que a los programas de opinión e información (sobre "Traffic TV" estaría de acuerdo) se refiere pues de lo contrario se estaría vetando la posibilidad de crítica a los periodistas, lo que tampoco resultaría justo.

El asunto tiene la suficiente trascendencia como para llegar al Tribunal Constitucional y que este determine los límites a la propiedad intelectual desde un punto de vista constitucional y del conflicto con la libertad de información y opinión.

Nos estamos jugando la capacidad para opinar libremente como ciudadanos de aquellos que han tenido el monopolio exclusivo de la información y la opinión. Por que hoy es La Sexta, otra cadena con mucho dinero y poder, pero con base en el fundamento de esta sentencia mañana puede ser cualquiera que en su blog critique a un medio de comunicación.

Si la prensa ha sido contrapunto histórico del poder, la capacidad de crítica de los medios debe ser el contrapunto de todos los ciudadanos a este cuarto poder. El asunto es más serio de lo que parece.

7 comentarios:

  1. Yo tambien espero a la estimación del recurso de la Sexta y a que este sea favorable para la misma. Telecinco ya le busco las cosquillas a Youtube con aquello de que se componia de videos emitidos en la cadena (quizas como facilitacion de la campaña de sus servicios de t.v en internet) y ahora vienen intentando sacar un dinerito a la cadena de Milikito, quiza sea para amortizar las tantas y tantas querellas que la cadena ha sufrido por sus propios contenidos difamatorios en los que las costas procesales y las indemnizaciones han superado la propia produccion de los mismos.

    En mi blog tengo pocos contenidos de Telecinco y no pensaba poner mas, debido principalmente al escaso interes de su programacion, pero en un futuro cabe la posibilidad de que incluya algo de El Puzzle Blanco para completar la informacion de los temas que trabajo, ¿"Vasilito" se vera tan mal que me pedira daños y perjuicios?, casi me saldria mas caro pagar los derechos a la productora que los costes y la indemnización de la sentencia.

    A Telecinco le diria lo que aquel espontaneo a Ana Rosa Quintana...

    Un saludo y hasta pronto.

    ResponderEliminar
  2. El tema es tan profundo, que daba para otro post ahondando en lo que decias, pero estoy intentando dejar los offtopics y el sensacionalismo :D:D Asi que va por aqui.
    100% de acuerdo en lo que dices, matizando que no creo que solo cometiera el error el juez, no mandando la pertinente cuestion de consticionalidad y suspendiendo procedimiento, sino la parte demandada por no haberlo solicitado ( ojo, todo esto especulando y sin tener acceso al expediente , claro).
    La redaccion del derecho de cita es una chapuza , y seguramente vaya en contra de los tratados internacionales firmados, entre otros el convenio de Berna, del cual han intentado hacer una relectura infame:
    Art 6
    1) Son lícitas las citas tomadas de una obra que se haya hecho lícitamente accesible al público, a condición de que se hagan conforme a los usos honrados y en la medida justificada por el fin que se persiga, comprendiéndose las citas de artículos periodísticos y colecciones periódicas bajo la forma de revistas de prensa.

    2) Se reserva a las legislaciones de los países de la Unión y de los Arreglos particulares existentes o que se establezcan entre ellos lo que concierne a la facultad de utilizar lícitamente, en la medida justificada por el fin perseguido, las obras literarias o artísticas a título de ilustración de la enseñanza por medio de publicaciones, emisiones de radio o grabaciones sonoras o visuales, con tal de que esa utilización sea conforme a los usos honrados.

    3) Las citas y utilizaciones a que se refieren los párrafos precedentes deberán mencionar la fuente y el nombre del autor, si este nombre figura en la fuente.


    Solo con la Fraccion 1a del articulo, queda claro la permisibilidad de la misma cita, en ninguna maera limitada por la Fracc 2, tan y como si en cambio limita nuestro chapucero TRLPI.

    ResponderEliminar
  3. Me ha parecido un artículo muy interesante (no soy jurista). Te felicito y te lo agradezco.

    Sugiero que tengas cuidado con los "por qué", "porque"... Hay varios mal puestos por ahí (en los títulos, por ejemplo, están mal, y en " Por que hoy es La Sexta" también).

    ResponderEliminar
  4. Gran artículo, si señor.
    No obstante y aunque me encanta "se lo que hicisteis" y detesto bastante T5, no os parece que más de un 20% excede el derecho a cita?

    ResponderEliminar
  5. Estoy de acuerdo con tu opinión. Y te felicito, además por él. Estudio Periodismo (para no parecerme a la mayoría de periodistas, eso sí) y tengo una asignatura de Derecho de la información y precisamente trataremos en clase este conflicto.
    Saludos.

    ResponderEliminar
  6. hola,
    necesito con desesperación encontrar la sentencia...alguien la tiene localizada?? yo he mirado por todas partes pero no la encuentro...
    mil gracias chic@s

    ResponderEliminar