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viernes, 11 de enero de 2008

Menudo himno, himno menudo

Ya tenemos letra para el himno. Al fin el país puede estar tranquilo...

Y ahora surge una pregunta interesante. El afortunado señor que ha compuesto tan brillante "obra", va a cambiar radicalmente su vida ya percibirá jugosos emolumentos por esta gran aportación al país, todos ellos derivados de la propiedad intelectual.

Aunque todavía falta el proceso legislativo necesario para elevar a la categoría de himno oficial la letra, lo cierto es que estando dos entidades de la naturaleza de la SGAE y el COE detrás es muy probable que finalmente suceda.

Personalmente he perdido toda esperanza de que en la nueva ley que incorpore el himno se establezca que tanto la letra como la música pueden ser interpretadas libremente, en una suerte de dominio público anticipado de tal forma que cualquiera pueda interpretarlo sin restricciones.

Ahora bien teniendo en cuenta la "mordida" del 15 % que alguno de los promotores de la idea puede pegar, me extraña mucho que eso sea así.

Sin embargo, lo que más me ha llamado la atención es si el himno alcanzaría lo suficiente para ser considerado una obra protegida, en los términos de la ley de propiedad intelectual.

Es decir que reúna los requisitos de originalidad y de creación, así como las cualidades artísticas suficientes para que realmente goce de los privilegios de las obras intelectuales. Y no son pocas las sentencias en las que por trabajos más elaborados se ha negado la consideración de obra protegida.

"Artículo 10:

1. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte [...]
"

Por si no lo conocen, al parecer, este es el himno elegido:

Viva España!
Cantemos todos juntos
con distinta voz
y un solo corazón.
¡Viva España!
Desde los verdes valles
al inmenso mar,
un himno de hermandad.
Ama a la Patria
pues sabe abrazar,
bajo su cielo azul,
pueblos en libertad.
Gloria a los hijos
que a la Historia dan
justicia y grandeza
democracia y paz.

Dificilmente un poema así alanzaría para ganar un concurso literario infantil, cierto es que la música de la marcha real puede ser compleja de acompañar con una letra, pero sinceramente si eso es lo mejor que han sabido elegir deberían haber dejado el concurso desierto.

En conciencia creo que no estamos ante una obra protegible, no todas las ideas son objeto de propiedad intelectual, y este himno, sinceramente, me parece mediocre.

Desgraciadamente habrá que considerar que, juridicamente, esto es igual de valioso como aportación cultural que cualquier poema de Lorca o de Machado, pero lo que está a al vista no se oculta.

Logicamente si no es una obra protegible, no entraría en el ámbito de aplicación de la LPI, y por lo tanto no habría que pagar por su canto.

Supongo que ello desilusionaría al autor, pero dónde esté la grandeza de componer el himno para tu país que se quite todo.

Sería muy interesante ver una sentencia en la que se pida la condena de alguien por comunicar publicamente el himno sin pagar derechos de autor y que este alegue que la obra no reúne las características suficientes para ser considerada obra.

Recomiendo la lectura del análisis del Camarada Bakunin en Halón Disparado.

7 comentarios:

  1. Hola David, después de leer tu entrada me siento identificado con la posición que defiendes: el himno (a mi entender el himno sobra, pero ese es otro tema) debería permanecer en el dominio público.

    Me gustaría, no obstante, hacer dos apuntes. El primero en relación con el sentido y función del himno. En una ocasión hice una consulta a Vegap sobre las obras cuyos derechos ellos gestionaban para el sector del diseño. Me contestaron que todas las obras excepto las realizadas por encargo. Esto se encaminaba a evitar entrar en conflicto con los intereses particulares de los diseñadores (si ya cobras a tu cliente no vamos nosotros a cobrarle también, quizá una cantidad menor) dado que hubo quejas de algunos autores.

    Entonces Vegap no debe cobrar por algo que ya se ha contratado y pagado. Es decir, no se gestionan los derechos de las obras que están operando en el contexto para el que fueron creadas, que están cumpliendo la función específica para la que se hicieron.

    De esta manera Vegap puede gestionar el cobro de una comunicación pública pero imprevista originalmente (por ejemplo la publicación de un trabajo de diseño en una revista de diseño) pero no por la comunicación pública del diseño por parte del cliente del mismo, porque es su función específica.

    En esta dirección quizá podría considerarse la función específica del himno español ser la reproducción por CUALQUIER PERSONA EN CUALQUIER MOMENTO del mismo, existiendo un acuerdo tácito, un contrato, entre los españoles como clientes y el autor como proveedor, no siendo necesario que la obra pase a dominio público pero imposibilitando el pago de una compensación adicional.

    Esto que digo igual es un disparate, no soy abogado, ya me dirás...

    El segundo apunte es una crítica a la idea que parece desprender tu nota según la cual un compendio de leyes puede resultar baremo adecuado para decidir si una creación es digna de protección o no.

    Desde el ámbito del arte (no desde la ley) la legitimación de una obra como tal se establece desde múltiples instancias en un proceso complejo en el que intervienen, por ejemplo, la crítica, las instituciones y museos, el mercado, el público, los propios artistas, etc...

    No existe un consenso absoluto sobre qué es una obra de arte porque a unos les gusta una cosa y a otros la contraria. Una vez comentamos este tema en la lista de copyleft acerca de lo que se consideraba una fotografía o no y yo puse el ejemplo de Nan Goldin que hace fotos familiares como las que podemos hacer tú y yo (aparentemente), pero que se exponen en los museos más importantes y se estudian en las universidades. Dejé aquella conversación colgada y ahora me arrepiento.

    Por este motivo muchas personas nos declaramos seguidores de la definición tautológica: arte es aquello con intención de serlo.

    Así, la propia definición adquiere un carácter complejo (en sentido estricto) con su dimensión hologramática (consensuada) y su dimensión dialógica (subjetiva, múltiple, desde cada ámbito).

    No hay que olvidar que la consideración como arte o no de cualquier propuesta está cargada de intención política, de ahí, por ejemplo, los denodados esfuerzos por parte de los artistas, críticos y galeristas (a través de sus asociaciones) para recuperar el control de los museos de manos de cargos políticos que poco o nada conocen del medio, pero que profesan afinidades y lealtades con el poder dominante. Es decir, se pretende que sean las propias instancias ligadas con el arte, no los políticos ni otros poderes, los que decidan sobre la legitimidad de las obras.

    Desde este punto de vista, en mi opinión, es más saludable que el himno de España sea considerado con los requisitos de originalidad y creación y con las cualidades artísticas necesarias para que goce de los privilegios de las obras intelectuales sólo si (y como única condición) ASÍ LO PRETENDE SU AUTOR.

    Un saludo.
    aitor.

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  2. Me parece genial tu artículo.

    El tema del himno da mucho que hablar. Creo que has sintetizado bien todos los puntos, tocando además varios palos. Me agrada ver como el sentido común impera, no sólo en tu blog sino en muchos otros que se han hecho eco de la noticia.

    Yo también he escrito un pequeño artículo al respecto. Por si a alguien le interesa en este enlace puede leer mis reflexiones sobre la nueva letra para el himno Español.

    Felicidades por el blog (soy adicto desde hace tiempo). Buen trabajo.

    Un saludo!

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  3. Algo tan relevante como el "himno nacional" no puede dejarse al albur de intereses privados.
    Creo que sólo a través de una iniciativa legislativa y mediando concurso público, podría promoverse la búsqueda de la letra.
    No entro en otro debate cual es si esta marcha real debe o no de llevar letra.

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  4. ¿por que discutir sobre la letra del himno si la música no hay hijo de madre que la escuche?

    hasta que no tengamos algo de la altura del tema Patria de Ruben Blades (pone los pelos de punta) que le den al resto.
    la melodía del solo de tronbón, que en ocasiones canturrea Ruben a palo seco, es algo que si te puede hacer saltar las lágrimas, no la marcha chusquera que es lo nuestro

    ¿no vamos a tener alguien de esta altura?

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  5. exelente aporte te felicitro por ello y espero que sigas así energia solar saludos y exitos

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  6. hola a todos pienso que no existe un consenso absoluto sobre qué es una obra de arte porque a unos les gusta una cosa y a otros la contraria. Una vez comentamos este tema en la lista de copyleft acerca de lo que se consideraba una fotografía o no y yo puse el ejemplo de Nan Goldin que hace fotos familiares como las que podemos hacer tú y yo (aparentemente), pero que se exponen en los museos más importantes y se estudian en las universidades. Dejé aquella conversación colgada y ahora me arrepiento mudanzas besos a todos.

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