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martes, 15 de enero de 2013

¿Caben los compromisos de permanencia en los tratamientos de datos?

Cada vez es más evidente que el negocio está en los datos y que muchos negocios en internet, y no sólo en internet, se mantienen a costa de negociar con la información personal de los usuarios que muchas veces inconscientemente cedemos.

Para obtener los datos personales unas veces nos conformamos con que nos den un servicio, ya sea Google, Facebook o cualquier otra herramienta en la red. En estos casos el servicio está tan relacionado con la información que pretender cancelar los datos supone dejar de  usar el servicio.

Pero cada vez son más habituales las promociones de empresas que no prestan servicios directamente relacionados con el tratamiento de nuestra información pero que quieren acceder a ciertos datos para sus objetivos de marketing y promocionales. Para ello recurren, incluso, al pago directo por la información que les suministramos.

Y en estos casos es donde me planteo si cabría obligar al usuario, a cambio del dinero que recibe a que mantenga la autorización para el tratamiento de datos durante un tiempo determinado, como la permanencia en los contratos de móviles, por ejemplo.

Pensemos en un caso concreto que he conocido, la promoción que una marca de "impresoras de cafe" (cafeteras de cápsulas) ofrece de pagar hasta 40 euros por rellenar una ficha de datos y remitirlos con el consentimiento para usar los  mismos (pdf):
"[...] con fines de publicidad y prospección comercial, para hacerle llegar información y muestras gratuitas de nuestros productos y servicios en el ámbito de la alimentación, la salud, el bienestar, la nutrición, la cocina y la belleza, así como otra información relacionada con la alimentación animal y con los productos, servicios y actividades de las empresas del Grupo Nestlé que operen en tales sectores. Asimismo, dichos datos podrán ser cedidos a otras empresas cuyas actividades se relacionen con los sectores antes citados, a fin de que dichas compañías le puedan remitir directamente la información arriba mencionada. Tiene derecho a acceder y a rectificar, cancelar, oponerse al tratamiento de sus datos o revocar su consentimiento para la cesión en cualquier momento, dirigiéndose a Nestlé España, S.A, Apartado de correos 1404, 08080 Barcelona."
Evidentemente 40 euros por nuestra información personal es un precio muy interesante y que rebaja el precio final del producto en un porcentaje importante.

Pero nada impide que una vez que hayamos recibido los 40 euros por la autorización al tratamiento nos opongamos al mismo, solicitemos la cancelación de los datos y no recibamos publicidad o similar. De hecho se dice que la oposición puede hacerse "en cualquier momento", lo que incluso implicaría enviar en la misma carta la cancelación de datos, para así cumplir con las normas de la promoción (enviar los papeles como piden) y al mismo tiempo no "sufrir" las consecuencias del tratamiento de los datos.

Es obvio que esto no interesa a la empresa que ha pagado por los datos así que podría ser razonable obligar a que el tratamiento se mantenga durante un plazo determinado de tiempo (lo calculado para "amortizar" la inversión o en cambio que se devuelva el dinero (todo o en proporción).

"1. El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa."
Y es evidente que hay un consentimiento del afectado que cumplimenta el formulario y lo remite. Y también que el consentimiento puede ser revocado, en eso no hay problema.

Respecto de la cancelación lo único que se recoge, en lo que aquí interesa, es que el responsable deberá hacer efectiva la cancelación en díez días, pero nada de que tal cancelación no implique algún tipo de penalización.

El Reglamento de desarrollo de la LOPD, el RD 1720/2007, en el apartado dedicado a la cancelación lo único que detalla es los supuestos en los que no procede la cancelación y entre ellos no estaría el consentimeinto previo al tratamiento, pero nada se dice tampoco de que ello no suponga dejar de obtener las ventajas obtenidas a cambio de los datos.

No he encontrado ninguna cláusula de protección de datos de promoción que contemple esto, pero creo que a medida que se popularicen este tipo de campañas para obtener los datos a cambio de dinero será más frecuente ver periodos de permanencia en la autorización al tratamiento o cesión de datos.

1 comentario:

  1. Buen post David!!!

    No eran los derechos fundamentales inalienables e intransferibles? ;-p

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