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viernes, 10 de agosto de 2012

Problemas para administradores de foros, responsabilidad civil por delito en comentarios de terceros. Caso Talavera300.com

Peligrosa sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo (pdf)  que implica un deber total de controlar los contenidos subidos a un foro por su administrador, ante el riesgo de ser considerado responsable civil solidario por delitos cometidos por terceros en los comentarios.

Esta Audiencia Provincial, en resolución de 1 de junio de 2012, confirmó la sentencia contra el autor de comentarios injuriosos aparecidos en el foro "talavera3000.com" y al mismo tiempo confirmó la sentencia contra el responsable y administrador del citado foro en concepto de responsable civil por aquellos comentarios.

Hasta ahora lo habitual era que sólo se enjuicia, y más en el ámbito penal, al autor de los comentarios y sólo cuando no es posible identificar a este se procede a actuar contra el responsable del sitio web que, amparado por las exenciones de responsabilidad de la LSSICE, tiene una posición ajena a la autoría de los contenidos ilícitos.

Si bien en relación a los comentarios ilícitos (injurias graves contra el Fiscal Decano de Talavera y contra el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha) la sentencia establece perfectamente la identificación del autor, que suele ser el aspecto más problemático, a través de varias vías y considera que los comentarios tienen la entidad suficiente para ser constitutivos de un delito del artículo 208 del Código Penal, en relación con el 209 y el 211.

Señala la Audiencia que las expresiones contenidas en los comentarios no pueden ampararse ni en la libertad de expresión ni en la de información, siendo a juicio del Tribunal objetivamente injuriosas.

Me llama la atención un comentario de la sentencia cuando al referirse a las manifestaciones que hace el condenado sobre la forma de vestir de uno de los ofendidos recoge:
"[...] pero no se queda en una mera alusión a su aspecto o apariencia exterior, por cierto no solo dentro de los cánones sociales de la pulcritud y corrección sino por lo general esmerada y elegante[...]"
Es lo que tiene meterse con funcionarios  que trabajan en justicia, que el tribunal los conoce y sabe si visten bien o mal... (sic)

Pues bien, el autor del comentario es condenado por ser estos delictivos.

Pero, y esto es lo más grave, en el Fundamento Jurídico V también se condena al administrador del blog por el delito cometido por el comentarista en aplicación del artículo 212 del CP:
"En los casos a los que se refiere el artículo anterior [injurias cometidas por medios de difusión], será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria."
Frente a esta imputación el administrador del sitio web opuso que en su caso es aplicable la exención de responsabilidad del artículo 16 de la LSSICE, que opera cuando:
"a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o
b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.
Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el  prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse."
La Audiencia indica que pueden existir otros medios además de la declaración de ilicitud, como ya ha dicho el Supremo, y para ilustrarlo utiliza un ejemplo ciertamente exagerado y, además, erróneo en la aplicación al caso:
"y así si alguien expresa en el servicio de intermediación que planea cometer un atentado terrorista y da instrucciones a otros indicando como hacerlo e incitándoles a que lo cometan, el prestador será responsable si se introducen los datos en el servidor aunque ningún tribunal los haya declarado ilícitos, del mismo modo que cuando alguien dirige frente a otros expresiones que en el común son entendidas como ofensivas como ocurre en este caso, el prestador de servicios no tiene que esperar a que así se declaren por el tribunal."
erróneo por que la exención de responsabilidad opera como una garantía frente a la imposibilidad de controlar y valorar los contenidos de los usuarios de manera constante. Es decir, protege la presunción de que el prestador de servicios no va a estar controlando todo, tarea que resultaría imposible en la mayoría de las ocasiones.

Es decir, es en relación al conocimiento del contenido no sobre la ilicitud del mismo, porque si esa información se alberga en un foro y el responsable la desconoce no puede ser considerado responsable.

De la Sentencia de la Audiencia Provincial se colige precisamente todo lo contrario, que hay que revisar todos los contenidos.

Aunque no es exactamente lo mismo, y la AP de Toledo no se apoya en la jurisprudencia del Supremo sobre este tema, supone una derivación del fallo del asunto "Putasgae" en el que al conocer, por cualquier medio, el contenido lesivo de los contenidos no es necesario esperar a una resolución de órgano competente.

Sin embargo, en aquel caso hubo conocimiento anterior y no se produjo la retirada de los contenidos, no en este caso, sin que pueda apreciarse falta de diligencia, como en el caso "alasbarricadas".

Por eso este caso va más allá, demasiado más allá...

Fundamenta el Tribunal el fallo en que el responsable del foro había tenido problemas anteriormente en el foro con ese usuario, habiéndole pedido que corrigiera los textos. Se escuda en ello la Audiencia para decir que en otras ocasiones ante contenidos ilícitos sí había vigilado sin que mediase declaración judicial alguna y que por ello tiene el deber de impedir comentarios insultantes
"[...] y precisamente esa reiteración de comentarios le hace si cabe más responsable, pues el deber vigilancia sobre el contenido de los mismos se extrema hasta el punto de que lo razonable hubiera sido impedirle directamente el acceso al foro."
Cuando esa conducta es precisamente lo contrario, demuestra un mínimo de diligencia en la gestión del foro, que no puede controlar todo lo que diga un usuario concreto, o supondría expulsar de los foros a quien diga cualquier cosa de manera automática, que parece ser el consejo a adoptar después de esta resolución.

En base a esa decisión se le condena como responsable civil solidario a pagar la indemnización junto con el autor de los comentarios, más las costas.

Considero un error esta sentencia, que va contra el espíritu de la norma y supone un grave problema, otro más, para los administradores de sitios web en España.

Me queda la duda de si esta "dureza" de la sentencia contra el administrador del foro, esta aplicación más allá de los criterios inspiradores legales y de la propia jurisprudencia del Supremo, se hubiese producido de no ser las víctimas del delito personas vestidas "dentro de los cánones sociales de la pulcritud y corrección sino por lo general esmerada y elegante"...

Supongo que la contradicción con la jurisprudencia del Supremo permita un recurso que revoque esta sentencia.

32 comentarios:

  1. No hay por dónde cogerla, espero que se recurra y que se revoque. Lo del ejemplo es fantástico.

    Un saludo.

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  2. Gracias David por el estupendo resumen...Andaba yo detrás de ella también, Efectivamente, parece que la Sentencia haya querido ser un "escarmiento" para el administrador del foro.

    Por cierto, por lo que comento este administrador en algunos foros, parece que no hay posibilidad de recurso....

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  3. 1.- No han condenado a nadie por describir un aspecto pulcro (tal como sugieres). El texto completo dice:

    "Las expresiones que se han considerado probadas consisten en primer lugar respecto al primero de los ofendidos, Ilmo Sr D. XXXXX , en afirmar que es de estética fascista o franquista, pero no se queda en una mera alusión a su aspecto o apariencia exterior, por cierto no solo dentro de los cánones sociales de la pulcritud y corrección sino por lo general esmerada y elegante, sino que a continuación añade que dicha
    estética se debe relacionar con los actos que uno realiza, es decir, no solo dice que dicha persona parece fascista sino que directamente le llama fascista"

    2.- El administrador del foro declaró (antes de dictarse la primera Sentencia), que revisaba el foro "tan pronto como le era posible atender dicho hobby". La primera Sentencia afirmó que era difícil entonces que no hubiese visto las expresiones publicadas en 5 meses, y (parece), que en medio hubo sucesivos requerimientos respecto al autor.

    Conclusión. Si tienes un foro pequeño, borra todo lo que sea sospechoso.

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  4. Gontzal Gallo, no te equivocas, ha sido lo que piensas...soy Juan Carlos, sí, el administrador de ese foro, el administrador condenado por no hacer nada, por proporcionarlos todos los datos que necesitaban para "pillar" al autor del delito, por colaborar con ellos en todo lo que me pidiero pensando que nada pasaría...y ya ves, al final han querido dar el escarmiento y le han dado, pero a mi como perjudicado lo que más me preocupa es por qué en la sentencia de la AP me dicen que no cabe recurso alguno contra ella?...¿qué "miedo" tienen? ¿por qué les preocupa que yo siga recurriendo? ¿por qué me quedo indefenso al no poder recurrir?...en fin, que has acertado, Gontzal Gallo, han hecho lo que piensas.

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  5. Juan Carlos, siento de verdad lo que te ha ocurrido. Para entenderlo, me gustaría que aclarases (1) ¿alguna vez recibiste una petición de retirada de esos comentarios? (2) el foro era grande o pequeño ¿cuántos posts se abrían a diario? (3) las peticiones para retirar otros temas del autor de los comentarios, se produjeron ANTES o DESPUÉS de publicar los insultos al fiscal y al juez?

    Un abrazo y mucho ánimo

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  6. Voy a intentar contestar a tus preguntas llevando el orden que has dejado:

    1 - Sí, recibí una petición de una persona que decía ser abogado (podía serlo o no) comentando que los comentarios que el condenado dejó podían ser constitutivos de delito, me dejó los enlaces a esos comentarios y una vez los leí los eliminé al instante, de forma automática.

    2 - El foro era pequeño, no era grande y no te puedo decir exactamente los post que se abrían a diario...no eran cientos, pero yo no entraba a diario y cuando entraba sí que podía haber muchos...muchos post y muchísimos mensajes. Además tengo que decirte que aparte de leer algunos, no todos los post y mensajes, tenía que dedicarme a la parte técnica, es decir, todo lo relacionado a que el foro funcionara, a ir mejorando la "estética" del foro, en fin, en un foro hay muchas cosas que hacer y más cuando no se tiene ni idea de nada...hay que leer mucho por toda la red y ese tiempo, el poco que tenía lo dedicaba casi al completo a eso, a la perte "técnica" ...a que el foro funcionara, pero siempre intentando de que el foro estuviera limpio de spam y comentarios fuera de lugar, pero...

    3 - Nunca hubo peticiones para retirar otros temas de éste ni otros usuarios, el foro siempre estuvo limpio de "maleza", entre otras cosas porque los foros, la gran mayoría se automoderan con los propios usuarios y éstos son los que, si algo se te pasa a ti, se encargan de reportar esos mensajes que puedan estar fuera de lugar y en ningún momento nadie hizo alusión a estos mensajes injuriosos para la justicia, ni recibí noticias hasta la petición del supuesto abogado anteriormente mencionado, no obstante y si te refieres a que si los comentarios injuriosos se borraron antes o después de la querella decirte que cuando ésta llegó ya se habían borrado del foro hacía días.

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  7. Gracias, Juan Carlos.
    1.- Ok. Cuando leíste los enlaces los eliminaste.
    Cuánto tiempo pasó desde que recibiste en tu correo postal/bandeja de entrada la petición de eliminación hasta que eliminaste los comentarios?
    2.- Ok, pues es una --- que el foro fuese pequeño, porque la verdad es que se limita mucho tu defensa.
    3.- Entonces la Sentencia quiere decir que tu borraste comentarios sin que nadie lo reclamase?

    Personalmente, creo que el error de la Sentencia es mezclar la LSSI, y a este buen hombre

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  8. Juan Carlos. Dices que cuando llegó la petición de un "abogado" y que una vez la leíste eliminaste los comentarios. Luego dices que "los comentarios injuriosos antes de que llegase la querella" (concretamente dices: hacía días).

    Perdona pero no me queda nada claro cuánto tiempo pasó desde que te llegó la petición de eliminación hasta que tu eliminaste los comentarios

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  9. Mira Anónimo, no tengo inconveniente en contestar a tus preguntas, pero me gustaría que por lo menos tuvieras un nombre al que poder dirigirme...no es por nada, es que me resulta extraño hablar con alguien que no tiene nombre, aunque sea falso.

    Por otro lado quería dejaros esta noticia de ABC donde no sé como esta gente contrastan las noticias que publican, pero es una pena como informan porque a en este artículo me tratan de "propietario" cuando queda demostrado en la sentencia que yo no soy propietario, soy administrador y por otro lado el último párrafo no tiene desperdicio...vamos, que soy un verdadero delincuente...en fin, os dejo el enlace:

    http://www.abc.es/20120809/toledo/abcp-confirman-multa-euros-comentarios-20120809.html

    Quiero pensar que los datos que ahí dejan quieren hacer referencia al condenmado y nunca a mi, pero bueno...es igual.

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  10. Pero no puedes recurrirlo a instancias europeas?
    Vaya telita con la justicia macho, en vez de hacer lo que debieran hacer, se ceban con estupideces y tonterías.
    Vamos, es la típica rabieta del típico matón de colegio de 9 años, pero perpetrado por una persona con poder y "supuestamente" honesta.
    Me da verdadera verguenza este tipo de cosas, ánimo Juan C.

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  11. Juan Carlos, en el periódico habla de administrador, responsable, propietario (esto último no es nada correcto máxime en términos de propiedad o si tu no habías registrado el dominio posterior al subforo). El último párrafo habla del autor no de el administrador del foro. Lo que no me parece nada claro es tu silencio.
    Aqui hablas de dos comunicaciones (la de un abogado y la de la querella)
    Son las mismas que estas?? http://paisdeinjustizias.blogspot.com.es/p/foro-denunciado.html

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  12. Mi "silencio" se debe a que todo está dicho, se ha dictado sentencia y no se puede recurrir, a nadie, a nada, no hay nada que pueda hacer, nada, absolutamente nada, solo oagar y callar, por mucho que cueste entender, es más, cuanto más hable lo único que podría es empeorar algo que ya de por sí es malo (como me dijo David) y es cierto...solo quiero que pase todo e intentar olvidar porque nadie sabe por lo que he tenido que pasar y lo que me han hecho pasar y evidentemente mi vida tiene que seguir y no solo centrarse en esta injusticia que hasta ahora no me ha dejado vivir tranquilamente durante 4 años...4 AÑOS.

    Mira, a mi me es indiferente que te queden claras o no algunas cuestiones, no estoy dispuesto a someterme ahora a un juicio popular y que este calvario no termine nunca y mucho menos con alguien que ni siquiera es capaz de tener un nombre, aunque sea ficticio...creo que todo está muy claro, el que quiera entender que entienda y el que no, me parece estupendo.

    ¿Me dices que ABC habla del autor en el último párrafo?

    Si piensas y entiendes eso ya hemos terminado aquí, lo siento

    ABC no sabe ni lo que ha escrito, no saben lo que dicen, no tienen ni idea, no sé de donde sacarán esa información, pero es una pena... pero me da igual...la vida sigue.

    Gracias a David Maeztu por hacerse eco de la noticia y un saludo a todos

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  13. Pero si el ultimo párrafo acaba diciendo "el autor de los comentarios...". En serio crees que se refiere al administrador ?? Mira pienso que eres inocente pero para mi esta por ver cual es la historia de este asunto que ni siquiera aclaras en lo básico

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  14. Hola:

    Juan Carlos, lamento la situación por la que has pasado y no era mi intención ahondar en ello, simplemente comentar la sentencia, que me parece un despropósito desde el punto de vista del marco legal que tenemos.

    Sobre la noticia de ABC no le des más importancia, ten en cuenta que es una nota remitida por una empresa pero, al parecer, sin adjuntar la sentencia, con lo que el periodista prácticamente dice lo que le ha indicado esa empresa. No comparto esa forma de hacer las cosas por parte del periódico, puesto que si la noticia es una sentencia debería tenerla, pero en fin...

    Con independencia de detalles que comenta el anónimo, creo que lo relevante es que tal y como está la jurisprudencia uno no sabe si es mejor no controlar nada o al menos hacer un mínimo de gestión.

    Gracias y suerte.

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  15. Me solicitan desde la empresa "Salir de Internet", vía twitter, que modifique mi comentario anterior, porque al parecer es ABC quien ha tratado mal la noticia enviada por Servimedia, a su vez redactada según las directrices de "salir de internet".

    En esa noticia ABC da una imagen del administrador del foro que no es la real según la sentencia.

    Igualmente me informan que se ha hablado con ABC para modificar la noticia.

    A pesar de haber ofrecido este espacio para que esa empresa, que no es Servimedia, aclarase lo sucedido han declinado hacerlo indicando que yo debía modificar mi anterior comentario.

    Pero ello no es posible por la sencilla razón de que, aunque esté equivocado, prefiero poner un nuevo comentario enmendando el anterior, pero no me parece honesto modificar el ya escrito aunque contenga errores y así se entienden todos los comentarios.

    Además, entiendo que mi comentario se refiere a la empresa que envió la noticia a ABC (Servimedia según me indican) y por el error de redacción juego ("al parecer") con la posiblidad de que no se haya adjuntado la sentencia porque la misma es clara respecto de la autoría.

    Si ABC, que es quien a cometido el error, tenía la sentencia es evidente que no la ha leído y si la noticia estaba bien remitida por Servimedia en colaboración con "Salir de Internet", pues nada que decir, entonces la culpa es de ABC y parece que la enmendará, para tranquilidad de Juan Carlos (administrador de Talavera3000).

    Por lo tanto, ABC tenía la sentencia según me dicen y yo estaba equivocado en ese aspecto, y además el periódico alteró la redacción remitida por Servimedia.

    Espero que así quede todo aclarado.

    Un saludo

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  16. No David, te confundes; Servimedia no es más que una Agencia de noticias; la noticia de ABC tiene la misma redacción que la enviada por Servimedia, y esa misma noticia de Servimedia está replicada en otros medios tal cual la Agencia la emite. Si miras en otros medios, verás la misma noticia publicada por ABC, con exactamente el mismo contenido, lo cual deja claro que fue emitida desde la fuente (Servimedia) redactada incorrectamente por la empresa "Salir de Internet" como bien indicabas y sin que luego Servimedia hiciera una mínima labor de contraste.

    Es imposible que ABC tuviera la sentencia porque como digo, ese tipo de noticias entran directamente y de forma casi automática en los medios al ser enviada por una Agencia (de ahí que quien firma la noticia en ABC es "ABC" y no un periodista).

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  17. Javier, no tienes ni idea. Mira bien esto:

    http://noticias.lainformacion.com/policia-y-justicia/corrupcion/condenan-al-propietario-de-un-foro-a-pagar-12-000-euros-por-los-comentarios-que-un-tercero-publico_gAfgkEobGrPJbLzNbyz8K6/

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  18. Gracias Anónimo; efectivamente David, fíjate en el enlace que pone Anónimo como confirma que el ABC no redacta nada sino que mete directamente la noticia enviada por la Agencia Servimedia; en el enlace que pone Anónimo a la misma noticia en otro medio es una copia literal de la noticia del ABC lo cual confirma que el error sale de Servimedia en la redacción dada por la empresa Salir de Internet que es curiosamente también la que te requiere para que modifiques tu comentario intentando engañarte!!

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  19. Javier sigues sin enterarte.

    Te he puesto el enlace de LaInformación para que veas que ese medio cogió la noticia de SERVIMEDIA.

    ABC cogió la noticia de SERVIMEDIA parcialmente y mal. Sin embargo esta mañana la ha completado (y por eso coincide con La Información). Podrías fijarte en la fecha de su URL y en la fecha en la que está puesta la noticia..

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  20. A ver si David Maeztu nos aclara su comentario cuando dice "Por lo tanto, ABC tenía la sentencia según me dicen y yo estaba equivocado en ese aspecto".

    ¿Quién te ha dicho que ABC tenía la sentencia? Resulta evidente que no la tenía. Si ABC ha cogido la noticia de Servimedia directamente dudo que tuviera sentencia alguna antes de publicar la nota.

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  21. Javier, sigues manteniendo lo mismo?
    Sí. Sería muy bueno que David aclarase esto último sobre la sentencia y abc...

    Vamos, David..

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  22. Como he dicho, y ambos habeis leído, desde la empresa "salir de internet" me han indicado que Servimedia redactó la noticia según sus comentarios y que ABC tenía la sentencia.

    A partir de ahí, no hay mucho más que decir. Yo pensé que ABC no tenía la sentencia porque es clara sobre la autoría y desde esa empresa me han dicho que no, nada más.

    Por lo tanto, lo que yo he dicho es lo que me han indicado, en una suerte de derecho de rectificación "sui generis".

    Hubiese sido más fácil si hubiesen comentado directamente aquí, pero por alguna extraña razón no han querido.

    Un saludo.

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  23. De la Web Salirdeinternet.com

    (citándonos) una noticia (la condena solidaria al administrador de un foro y al autor de unos comentarios). Puede verse su contenido íntegro en los enlaces como LaInformación o Rankia en el que se cita a SERVIMEDIA. Posteriormente este contenido se publicó en muchos foros.

    No es una novedad que muchos de los artículos que publicamos interesen a los medios de comunicación, que los utilicen o que nos pidan declaraciones. Es normal y no tenemos inconveniente en colaborar y que nos citen. Ver artículo y artículo sin cita de los amigos que plagian nuestro nombre.


    ¿Dónde está el problema? ABC no publicó el contenido íntegro de la agencia de noticias SERVIMEDIA, y tuvo un error al sintetizar la nota de prensa de SERVIMEDIA. Cuando en un párrafo debería referirse al autor de los comentarios, ABC citó por error al administrador del foro, lo que motivó la queja de este último.

    David Maeztu, en su Blog sugirió inmediatamente de quien era la responsabilidad y dijo: "La noticia de ABC ( …) es una nota remitida por una empresa pero, al parecer, sin adjuntar la sentencia, con lo que el periodista prácticamente dice lo que le ha indicado esa empresa. No comparto esa forma de hacer las cosas por parte del periódico, puesto que si la noticia es una sentencia debería tenerla, pero en fin..."

    Desde Salirdeinternet.com le informamos a David acerca del error de ABC, que no se había guiado del teletipo que sí habían seguido otros medios. Como no había influido ni Servimedia ni Salirdeinternet, no nos parecía correcta la acusación que hacía David. Nos ofreció comentarlo en su Blog (dijo: “para que se entere el afectado”) y lo declinamos por un motivo muy sencillo. El afectado no era quien generó la duda concreta. Así, le informamos a David que no queríamos entrar a discutir en el blog con una persona ajena, y que quien debía rectificar el comentario era él. Al no contestar le dimos un plazo.

    Antes de vencer el plazo, David ha matizado sus comentarios y sus errores como “posibilidades”, y dice (reiteradamente) que le hemos afirmado que ABC tenía la Sentencia, que él “entiende” (sic) que su comentario se refería a Servimedia, y que hemos declinado responder en su blog extrañamente (al darle a él toda la responsabilidad). Todo matizable

    Jamás se le ha dicho nada a David sobre que ABC tuviese la Sentencia (básicamente es imposible que lo supiéramos). JAMÁS. Que la afirmación de David sobre la responsabilidad del contenido en ABC se refieriese a Servimedia o a Salirdeinternet para nosotros no ofrece dudas, ni explicaciones titubeantes. Y es que aunque su comentario fuese dirigido a Servimedia, es falso, tal como puede deducirse de otras publicaciones.

    En fin, creemos que cuando se cometen errores, lo lógico es rectificar de buena fe (pero si no se rectifican fallos tan tontos como este que leemos….)

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  24. Ahora queda claro David que el usuario "Anónimo" que estaba escribiendo aquí era realmente el de "Salir de Internet" (ocultándose) a quien le ha molestado bastante tu comentario que hasta te han dedicado un artículo en su web (felicidades David!!).

    Si ya era extraño que no quisiera dar la cara aquí, más extraño aun que lo haya hecho oculto bajo un "Anónimo"... raro, raro, y dice que no quería entrar a discutir en tu blog pero luego lo hace oculto bajo un "Anónimo", xD.

    Por cierto ¿qué es eso de que te dieron un plazo? ¿Te pusieron un plazo para modificar tu propio comentario en tu propio blog? jajajja que fuerte.

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  25. Buenas tardes,

    David Maeztu afirmó que ABC había publicado mal el párrafo de una noticia por culpa de “una empresa” que le había pasado mal la información a ABC. Como el comentario de David podría entenderse referido a las fuentes que aparecían en la noticia (“Salirdeinternet” o “Servimedia”) le dimos pruebas a David que el error era exclusivamente de ABC y le pedimos a David que rectificase su comentario.

    Ahora, entre líneas, David ha afirmado que él realmente estaba refiriéndose a Servimedia y que “el periódico (por ABC) alteró la redacción remitida por Servimedia”. Creemos que es la única aclaración que es relevante y que coincide con la realidad. Lo demás ya se ha valorado y nada es relevante ni conduce a aclarar esto o a zanjarlo.

    Por lo demás, le damos las gracias a David por su espacio, que no pensábamos utilizar para este propósito

    Miguel Cobacho

    Salirdeinternet.com

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  26. Como administrador de un foro he leído la noticia con preocupación, ya que lo que menos me apetece es tener que pagar por culpa de los comentarios de otros.
    Una vez leído todo el articulo y la sentencia, en cierto modo me quedo mas tranquilo, ya que por suerte el foro que administro tiene un volumen que permite disponer de varios moderadores que colaboran en la tarea de mantener el orden.
    En cierto modo entiendo la sentencia, creo que cuando damos una plataforma para que la gente pueda expresarse debemos de ser extremadamente cuidadosos en que los comentarios se mantengan dentro de unas formas correctas, no dejarnos llevar por el efecto "salsarosa" que tan efectivo es de cara a obtener visitas. En este caso parece ser que la persona que autora de los insultos era una persona conflictiva y que no se supo controlar o frenar desde la administración del foro.
    Entiendo que este es un problema que afecta sobre todo a los muchos foros pequeños que existen, en el que el administrador es la única persona para todo, programar, administrar, moderar y si le sobra tiempo participar, pero creo que ello no es escusa para permitir que una persona insulte a otra, por mucho que disponga de un cargo publico.
    Los administradores de los foros debemos de exigir a los usuarios extrema corrección y nos guste o no estar pendientes de los usuarios que fomentan las malas formas y si llega el caso no tener miramientos en expulsarlos de nuestra comunidad.
    Creo en un Internet libre y participativo, pero creo mas en la buenas formas y el respeto. No podemos permitir que Internet sea un lugar donde la gente apoyándose en el anonimato se crea libre de hacer lo que no hace ha cara descubierta.
    Todos nos deberíamos de preguntar porque el Sr. Ambrosio no fue a decirle a la cara lo que pensaba de ellos a esos señores y en cambio si que se atrevió como "Pelosblancos". Debemos de acabar con la cobertura a estos usuarios

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  27. "Los Abogados deben mantener recíproca lealtad, respeto mutuo y relaciones de compañerismo" (del Código Deontológico de la Abogacía Española).

    Buen ejemplo se ha dado en este blog, sacando a la luz conversaciones privadas. "En fin.. "


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  29. Hombre, si fuese de un blog lo vería de lo más lógico, ya que si moderas tus comentarios y ves injurias no los publicas, y si no los moderas tienes la obligación de echarles un ojo. Pero un foro... en un momento te pueden poner 30 o 40 comentarios y por muchos moderadores que tengas siempre se escapa alguno.

    Igual considerarlo una falta sí, pero un delito... mucha tela.

    Un saludo y buen artículo.

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  30. ¿No nos bombardean todos los días con conceptos como tele-basura, comida-basura, ocio-basura... y demás juuicios morales? Pues ha llegado la hora de hacer otro nuevo: justicia-basura, que es cuando la justicia símplemente sería mejor que no existiera, porque su mera presencia empeora las cosas.

    Tiene narices que estemos pagando impuestos para mantener a esa pandilla de jueces, fiscales y demás sueldecitos que no aportan utilidad social y sólo sirven para consumir dinero público.

    Repito: justicia-basura.

    Han condenado a una persona inocente, eso es lo más bajo que pueda caer la justicia.

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  31. ¿Alguien sabe en qué ha quedado esta sentencia? ¿ha sido recurrida? ¿se ha quedado aquí el caso?

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