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martes, 10 de noviembre de 2009

Identidad y Ciberocupación: Google responsable por perfiles falsos en Orkut


Google deberá además retirar los perfiles falsos y los comentarios ofensivos sobre el piloto brasileño, y en caso de no poder hacerlo sufrirá una multa diaria de mil reales diarios.

En este caso se ha hecho responsable de la conducta de los usuarios, quienes han colocado el contenido en la red social, a la empresa proveedora del servicio.

La sentencia es de primera instancia y será recurrida por Google que ha anunciado que la misma le obliga a posicionarse como un censor de los contenidos. El asunto se discute desde el año 2006 en los tribunales y se ha resuelto ahora.

En España la LSSICE actuaría como un sistema de protección al proveedor de servicios.

El hecho es que situaciones como estas de perfiles falsos en redes sociales pueden crear problemas a los legítimos interesados en que su perfil se corresponda con sus actividades.

Aparte del inconveniente que pueda suponer este caso concreto para Google, lo cierto es que la cada vez mayor importancia de las redes sociales y de la identificación de las personas y usuarios en las mismas derive hacia problemas similares a los que se han producido con los nombres de dominio.

Así sería interesante un procedimiento en el que lo que se ponga en juego sea el derecho de una persona a usar su nombre en internet frente a la usurpación de su identidad por un tercero en una de estas redes sociales.

Igualmente con el caso de las identidades corporativas en estas mismas redes, que pueden ser objeto de "ciberocupación". Si bien en este caso parece que el derecho marcario ofrece amplio margen de maniobra, lo cierto es que no deja de ser un problema parecido al de los nombres de dominio, sólo que en ese caso existe un arbitraje internacional para solucionar los conflictos.

Pero la problemática de los nombres de dominio ahora aparece como superada, ya que los instrumentos de búsqueda hace que se prescinda en muchas ocasiones de teclear la dirección o nombre de dominio y se utilice directamente el buscador, potenciándose en los resultados en ocasiones las redes sociales, vislumbrándose un horizonte de conflicto en esta materia.

La diferencia estriba también en que las redes sociales pertenecen a empresas privadas que pueden hacer practicamente lo que quieran, mientras que la asignación de los nombres de dominio tiene una naturaleza "semipública" y por lo tanto más abierta con el fin de impedir el control de la red y el acceso a la misma.

Como digo, será interesante seguir como evoluciona este interesante foco de conflictos entre el derecho a la identidad y la propia imagen y un nuevo espacio en el que se desarrolla.

2 comentarios:

  1. Hola!!
    Me llamo mucho la atencion tu blog.
    Muy buena la info publicada, mis felicitaciones por el sitio!!
    Soy de:
    http://todosconderechos.blogspot.com
    y queria comentarte ke estas en mi lista de blogs recomendados.
    Sería de mucha molestia ke pasases por mi blog, ke dejaras un comentarioy me añadas a tu lista de blogs??
    muchas gracias!!!
    hasta pronto!!

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  2. Como no encuentro un mail te invito por este medio a que visites el sitio www.lolegalnexo.com

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