Contacto

Para consultas jurídicas "david @ 451.legal"

jueves, 3 de abril de 2008

Otro copyleft es posible. Autores copyleft u obras copyleft

Se está produciendo en la lista copyleft (sólo para registrados ¿?????) uno de los debates de más altura e interés sobre el copyleft que ahora mismo se pueden encontrar en la red española.

No sólo se aborda el concepto copyleft como definición, sino lo que significa, las licencias que no pueden ser consideradas como tales, así como los problemas de situaciones concretas que afectan a cada uno de los autores y sus formas de ganarse la vida.

Sin embargo, toda la discusión sobre el contenido y significado del copyleft en ocasiones se aborda desde una perspectiva única y novedosa, lo que no significa necesariamente acertada.

En el discurso copyleft, como digo novedoso, el enfoque esencial se pone en la obra, en la libertad de la obra. Los parámetros de libertad de la obra se miden por los usos que se consienten sobre la misma y las restricciones a las que resultan de ella. Pero el centro de todo es la obra.

Esta visión, en mi opinión no tiene en cuenta el elemento esencial de toda obra, algo que es absolutamente imprescindible: la existencia de un autor.

Aunque por deformación del sistema jurídico americano, el mayor productor mundial de bienes culturales en la época reciente, se ha asimilado el copyright como algo aplicable a todas las obras, lo cierto es que esa visión nos aleja de nuestro sistema europeo que conserva notas filosóficas que merecen ser respetadas y que modulan algunos de los abusos que practica la industria.

En Europa, y países de tradición jurídica similar, hablamos de Derechos de Autor. Lo que le sucede a la obra es que es fruto de una labor de una o varias personas.

No debemos concebir la obra como un ente, un objeto dotado de facultades, derechos o atribuciones. Es el autor quien está detrás y quien es el titular de la misma y por lo tanto creo erróneo que no sea esa perspectiva la que nos indique qué es el copyleft.

Para mi la importancia del movimiento copyleft, y todos los instrumentos jurídicos que lo rodean, es que ha dotado a los autores la posibilidad de flexibilizar los usos que consienten sobre sus obras y decidir de una manera más cómoda y menos intrincada cómo explotar o compartir el resultado de su esfuerzo creativo.

Si utilizo las licencias que existen, que amplían las facultades del usuario reconocidas en la ley, por mínima que sea esa mejora, yo me siento un autor copyleft, porque estoy permitiendo que mi obra sea copiada, en contraposición al significado que se atribuye a la palabra copyright: “todos los derechos reservados”.

Si atendemos al significado literal de las palabras, a las definiciones y su contenido exacto, algo muy respetado por quienes defienden la más clara diferenciación entre las licencias que son libre/copyleft y las que no, vemos que al acudir al sistema jurídico las cosas son de esa manera.

El símbolo ©, que identifica la palabra copyright, está incorporado a nuestro derecho positivo de la siguiente manera (Art. 146 LPI):

“El titular o cesionario en exclusiva de un derecho de explotación sobre una obra o producción protegidas por esta Ley podrá anteponer a su nombre el símbolo (c) con precisión del lugar y año de la divulgación de aquéllas.”

Es decir, ese símbolo sólo puede ser empleado por aquel que tiene en exclusiva un derecho de explotación sobre una obra o producción y que tiene, por lo tanto, el copyright de la misma.

El copyleft nace en esa concepción jurídica extraña para nosotros y por eso es un concepto extraño y que a veces nos causa problemas.

Pero si usamos cualquiera de las licencias más comunes de las que podemos encontrar como autores para nuestro trabajo ya no podemos calificarnos como titulares en exclusiva de los derechos legalmente atribuidos, ya que los mismos han sido cedidos a aquellos que hacen un uso concreto de la obra, salvedad hecha de que impidamos la realización de obras derivadas, en cuyo caso conservaremos el derecho de transformación.

Por lo tanto, desde ese momento se es un autor copyleft, puesto que se permite la copia de la obra y se decide libremente como gestionar la misma.

Para mí, ese es el copyleft que importa. Esa es lo revolucionario, esa es la importancia del movimiento.

Las obras ni son libres ni no-libres, son obras.

Sólo las personas pueden ser libres, (o no...)

3 comentarios:

  1. Voy a decir lo que uno los grandes de la música contemporánea, Egberto Gismonti: "No hay diferencia entre dos tipos de música"

    con el copyleft y sus 40 definiciones me pasa lo mismo

    ResponderEliminar
  2. Hace falta una gran unificación en el movimiento copyleft, a nivel de música, producciones audiovisuales, textos, webs, software, etc.

    Saludos.

    www.disposicionesadicionales.blogspot.com

    ResponderEliminar
  3. Muy interesante.

    Cierto que se olvida que el eje de nuestra normativa sobre PI es el autor, más aún gracias (o por culpa) del copyleft, pues al fin y al cabo lo que se comparte y permite otros usos es la obra. Es ésta la que gana en importancia, cuando el mérito es de quien está detrás. En este sentido, estoy de acuerdo contigo.

    Pero el copyleft no lo veo así. Una simple cesión no trasciende más allá del beneficiario directo. Y esto no es nuevo. Para mí, la verdadera aportación del copyleft no son las facilidades para ceder de antemano algunos derechos, sino la obligación de mantenerlos que se impone a los cesionarios.

    Permito que otros utilicen mi trabajo con la condición de que éstos a su vez hagan lo mismo, y a partir de ahí se origina una cadena donde cada miembro es a la vez contribuyente y beneficiario, lo que redunda en una mayor difusión y mejora del conocimiento. Ahí está, para mí, el gran salto.

    ResponderEliminar